Pago del aguinaldo

Article

Pago del aguinaldo

diciembre 16, 2021
Francisco Trejo Gutiérrez

Es un hecho notorio que se acerca el pago del aguinaldo, al cual tienen derecho todos los trabajadores de acuerdo a lo establecido en el artículo 87 de Ley Federal del Trabajo (LFT). El monto mínimo establecido es 15 días del salario del trabajador, y se debe pagar como fecha máxima el 20 de diciembre de cada año. La LFT es determinante en la fecha límite que tienen los patrones para cubrir esta prestación.

Asimismo, tendrán derecho a recibir aguinaldo, los trabajadores que no hayan cumplido el año de servicios. Independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, dichos trabajadores tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.

El pago del aguinaldo es una prestación de los denominados “derechos irrenunciables”, por lo tanto, no es sujeto a prorrogas, pagos inferiores a 15 días, o con salarios más bajos a los que devengue el trabajador en el momento del pago. Adémas de que, si no se cumple con esta prestación, los patrones están sujetos a multas que pueden estar entre las 50 y 5000 Unidades de Medida y Actualización.

En Trejo Gutiérrez Abogados, contamos con un equipo de expertos en materia laboral con más de 20 años en el mercado. Por lo que, nos ponemos a sus órdenes para brindarle la asesoría legal personalizada que usted requiera, incluyendo consultas legales relacionadas con el pago del aguinaldo y su adecuado cumplimento.