Reforma en materia del registro de personas que presten servicios especializados
El 21 de febrero 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo que modifica el diverso por el que se dan a conocer las disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo.
Lo anterior, a fin de determinar el procedimiento para la renovación de los registros expedidos a favor de las prestadoras o ejecutoras de servicios especializados.
Para la renovación del registro de personas físicas o morales inscritas en el padrón, la plataforma http://repse.stps.gob.mx, habilitará un módulo denominado renovación de registro, al cual podrán ingresar únicamente durante el periodo definido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (la Secretaría), de conformidad con la vigencia de su aviso de registro. Lo anterior de acuerdo con el siguiente calendario:
Año de Registro | Mes de Otorgamiento | Mes de Renovación de Registro |
2021 | Junio | De marzo a mayo de 2024 |
Julio | De abril a junio de 2024 | |
Agosto | De mayo a julio de 2024 | |
Septiembre | De junio a agosto de 2024 | |
Octubre | De julio a septiembre de 2024 | |
Noviembre | De agosto a octubre de 2024 | |
Diciembre | De septiembre a noviembre de 2024 | |
2022 | Enero | De octubre a diciembre de 2024 |
Febrero | De noviembre de 2024 a enero de 2025 | |
Marzo | De diciembre de 2024 a febrero de 2025 | |
Abril | De enero a marzo de 2025 | |
Mayo | De febrero a abril de 2025 | |
Junio | De marzo a mayo de 2025 | |
Julio | De abril a junio de 2025 | |
Agosto | De mayo a julio de 2025 | |
Septiembre | De junio a agosto de 2025 | |
Octubre | De julio a septiembre de 2025 | |
Noviembre | De agosto a octubre de 2025 | |
Diciembre | De septiembre a noviembre de 2025 | |
2023 | Enero | De octubre a diciembre de 2025 |
Febrero | De noviembre de 2025 a enero de 2026 | |
Marzo | De diciembre de 2025 a febrero de 2026 | |
Abril | De enero a marzo de 2026 | |
Mayo | De febrero a abril de 2026 | |
Junio | De marzo a mayo de 2026 | |
Julio | De abril a junio de 2026 | |
Agosto | De mayo a julio de 2026 | |
Septiembre | De junio a agosto de 2026 | |
Octubre | De julio a septiembre de 2026 | |
Noviembre | De agosto a octubre de 2026 | |
Diciembre | De septiembre a noviembre de 2026 |
Las personas físicas o morales inscritas en el padrón, únicamente podrán llevar a cabo su preceso de renovación en la fechas establecidas en el calendario. Por lo que, una vez agotado el plazo, la plataforma deshabilitará el modulo de renovación.
A quienes no renueven su registro éste les será cancelado. A quienes se les haya cancelado su registro y por ese motivo hayan sido dados de baja en el padrón, y hayan realizado un nuevo proceso de registro, la vigencia de los 3 años de dicho registro se contabilizará a partir de la nueva inscripción en el padrón.
Resulta de suma importancia revisar a detalle las fechas de vencimiento de los registros expedidos con anterioridad, para evitar que se cierre el modulo de registro y como consecuencia se tenga que realizar de nueva cuenta el proceso de registro. Lo anterior, debido a que es potestativo de la Secretaría otorgar o no estos registros, aún y cuando ya lo hubieran autorizado con anterioridad.
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