Reforma en materia del registro de personas que presten servicios especializados

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Reforma en materia del registro de personas que presten servicios especializados

febrero 27, 2024
Francisco Trejo Gutiérrez

El 21 de febrero 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo que modifica el diverso por el que se dan a conocer las disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo.

Lo anterior, a fin de determinar el procedimiento para la renovación de los registros expedidos a favor de las prestadoras o ejecutoras de servicios especializados.

Para la renovación del registro de personas físicas o morales inscritas en el padrón, la plataforma http://repse.stps.gob.mx, habilitará un módulo denominado renovación de registro, al cual podrán ingresar únicamente durante el periodo definido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (la Secretaría), de conformidad con la vigencia de su aviso de registro. Lo anterior de acuerdo con el siguiente calendario:

Año de RegistroMes de OtorgamientoMes de Renovación de Registro
      2021JunioDe marzo a mayo de 2024
JulioDe abril a junio de 2024
AgostoDe mayo a julio de 2024
SeptiembreDe junio a agosto de 2024
OctubreDe julio a septiembre de 2024
NoviembreDe agosto a octubre de 2024
DiciembreDe septiembre a noviembre de 2024
          2022EneroDe octubre a diciembre de 2024
FebreroDe noviembre de 2024 a enero de 2025
MarzoDe diciembre de 2024 a febrero de 2025
AbrilDe enero a marzo de 2025
MayoDe febrero a abril de 2025
JunioDe marzo a mayo de 2025
JulioDe abril a junio de 2025
AgostoDe mayo a julio de 2025
SeptiembreDe junio a agosto de 2025
OctubreDe julio a septiembre de 2025
NoviembreDe agosto a octubre de 2025
DiciembreDe septiembre a noviembre de 2025
          2023EneroDe octubre a diciembre de 2025
FebreroDe noviembre de 2025 a enero de 2026
MarzoDe diciembre de 2025 a febrero de 2026
AbrilDe enero a marzo de 2026
MayoDe febrero a abril de 2026
JunioDe marzo a mayo de 2026
JulioDe abril a junio de 2026
AgostoDe mayo a julio de 2026
SeptiembreDe junio a agosto de 2026
OctubreDe julio a septiembre de 2026
NoviembreDe agosto a octubre de 2026
DiciembreDe septiembre a noviembre de 2026

Las personas físicas o morales inscritas en el padrón, únicamente podrán llevar a cabo su preceso de renovación en la fechas establecidas en el calendario.  Por lo que, una vez agotado el plazo, la plataforma deshabilitará el modulo de renovación.

A quienes no renueven su registro éste les será cancelado. A quienes se les haya cancelado su registro y por ese motivo hayan sido dados de baja en el padrón, y hayan realizado un nuevo proceso de registro, la vigencia de los 3 años de dicho registro se contabilizará a partir de la nueva inscripción en el padrón.

Resulta de suma importancia revisar a detalle las fechas de vencimiento de los registros expedidos con anterioridad, para evitar que se cierre el modulo de registro y como consecuencia se tenga que realizar de nueva cuenta el proceso de registro. Lo anterior, debido a que es potestativo de la Secretaría otorgar o no estos registros, aún y cuando ya lo hubieran autorizado con anterioridad.

En Trejo Gutiérrez Abogados, contamos con un equipo de expertos en materia laboral con más de 20 años en el mercado. Por lo que, en caso de que requiera información adicional o un análisis jurídico, nos ponemos a sus órdenes para brindarle la asesoría legal personalizada que usted requiera.