Permiso COVID-19 V 4.0

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Permiso COVID-19 V 4.0

julio 6, 2022
Francisco Trejo Gutiérrez

A semanas de haber iniciado la quinta ola del COVID-19, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) pone a disposición de sus asegurados el Permiso COVID-19 V 4.0 (el Permiso), para quienes tengan síntomas causados por el virus SARS-CoV-2. Con el Permiso, de forma rápida y sencilla los asegurados pueden obtener una incapacidad.

Si se cuenta con una prueba de detección cualitativa de coronavirus COVID-19 (SARS-CoV2) con resultado positivo, se puede solicitar el Permiso cargando los resultados de la prueba en la aplicación IMSS Digital. No obstante lo anterior, contar con una prueba con resultado positivo no es condicionante para solicitar u obtener el Permiso.

En cualquiera de los dos casos, al correo electrónico del asegurado llegará una incapacidad laboral por 5 días naturales, misma que se deberá hacer llegar al centro de trabajo correspondiente.

Es muy importante registrar la cuenta CLABE, ya que es la manera en que se depositará el pago correspondiente al Permiso por parte del IMSS. El pago será por el 60% del salario registrado a partir del cuarto día, como cualquier incapacidad general.

A diferencia de la cuarta ola del COVID-19 en la que el permiso o incapacidad era por 7 días, ahora la autoridad la redujo a 5. Derivado de lo anterior, aquellos que se encuentran en el área de Recursos Humanos de las compañías deberán estar atentos a esta modificación para aplicarla, ya que previamente a la misma, al no haberse pronunciado la autoridad al respecto, prevalecía la incapacidad por 7 días.

En Trejo Gutiérrez Abogados, contamos con un equipo de expertos en materia laboral con más de 20 años en el mercado. Por lo que, nos ponemos a sus órdenes para brindarle la asesoría legal personalizada que usted requiera.