Convenio 190 sobre la violencia y el acoso laboral
Reafirmando la pertinencia de los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y reconociendo que la violencia y el acoso en el mundo del trabajo pueden constituir una violación o un abuso de los derechos humanos, son una amenaza para la igualdad de oportunidades, y son inaceptables e incompatibles con el trabajo decente, se adopta con fecha del 21 de junio del 2019, el Convenio 190 sobre acoso y violencia en el trabajo (el Convenio).
El Convenio define la violencia y acoso en el trabajo, como un conjunto de comportamientos, prácticas y amenazas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto causar un daño físico, psicológico, sexual o económico.
El Convenio se aplica a la violencia y el acoso en el trabajo, es decir, a aquel que ocurre durante la jornada de trabajo o como resultado del mismo. Con el objeto de prevenir y eliminar la violencia y el acoso en el trabajo, los miembros del Convenio deberán, al interior de cada Estado, respetar, promover y llevar a efecto los principios y derechos fundamentales en el trabajo, a saber, la libertad de asociación y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva, la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio, la abolición efectiva del trabajo infantil y la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación, así como fomentar el trabajo decente y seguro.
En razón de lo anterior, todo Estado miembro del Convenio, deberá adoptar la legislación y las políticas que garanticen el derecho a la igualdad y a la no discriminación en el empleo y la ocupación, de las trabajadoras y trabajadores.
Las disposiciones del Convenio deberán aplicarse por medio de la legislación nacional, así como, a través de convenios colectivos o de otras medidas acordes con la práctica nacional, incluidas aquellas que amplían o adaptan medidas de seguridad y salud en el trabajo, para que abarquen la violencia y el acoso laboral.
El Convenio, entrará en vigor doce meses después de su ratificación y registro por cada Estado miembro. En nuestro país, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social informó el 7 de marzo del 2022, que el Ejecutivo Federal presentó ante el Senado de l República, la propuesta para ratificar el Convenio. Posteriormente, en la sesión del 15 de marzo, el Pleno de la Cámara de Senadores aprobó por unanimidad, con 96 votos a favor, el Convenio.
Finalmente, cabe mencionar, que el Convenio va de la mano con el Protocolo para erradicar la violencia laboral en los centros de trabajo, el cual se emitió con motivo de la reforma laboral publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de mayo del 2019.
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