A una concubina se le reconocen derechos laborales aún cuando el trabajador fallecido estaba casado

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A una concubina se le reconocen derechos laborales aún cuando el trabajador fallecido estaba casado

marzo 13, 2022
Francisco Trejo Gutiérrez

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el 9 de marzo del 2022, concedió el amparo directo No. 18/2021 a una concubina y su hijo menor de edad para que se les reconociera como beneficiaros de los derechos laborales de un trabajador fallecido, ya que se les impedía acceder a dichos derechos por el hecho de que éste no estaba divorciado. Lo anterior, al considerarse que tal situación es un estereotipo que pone en desventaja a la mujer, al reconocer como beneficiarias sólo a las concubinas cuya pareja está libre de matrimonio.

Con este amparo, toma relevancia la necesidad de entablar un juicio especial para identificar a los beneficiarios del trabajador fallecido, a fin de que la autoridad de trabajo determine quién o quiénes son los legítimos beneficiarios para disponer de los derechos del trabajador. Toda vez que, si no se agota este procedimiento, se podría actualizar el supuesto en el que se pague a la persona con la estaba casado el trabajador y posteriormente se presente una concubina quien, con base en este precedente de la SCJN, también tendría derecho a que se le pague, por lo que, se estaría incurriendo en un doble pago.

En Trejo Gutiérrez Abogados, contamos con un equipo de expertos en materia laboral con más de 20 años en el mercado. Por lo que, nos ponemos a sus órdenes para brindarle la asesoría legal personalizada que usted requiera.