Guía del empleador para aplicar el nuevo modelo laboral
En el año 2016 se establecieron los fundamentos legales para las empresas mexicanas respecto a la libertad sindical, los cuales fueron implementados por la Reforma Laboral el 1 de mayo de 2016. A continuación, se detallan de forma breve, ya que son de aplicación obligatoria:
- Adoptar una política conforme al nuevo modelo laboral, que refleje en todo momento que la empresa tiene un compromiso y respeto a los derechos de todas y todos los trabajadores, incluidos la libertad sindical y la negociación colectiva, comunicando esto de manera efectiva.
- Libertad sindical para las y los trabajadores. La Ley Federal del Trabajo, hace referencia a que los trabajadores pueden constituir organizaciones sindicales sin autorización previa, o afiliarse a las que ya estén constituidas respetando los estatutos de las mismas.
- Abstenerse de celebrar contratos de protección o contratos colectivos con estatus que favorezca al interés del patón, sin dar aviso a los trabajadores.
- Asegurarse que las y los trabajadores, incluyendo a los de nuevo ingreso, reciban una copia de su contrato colectivo de trabajo, en los centros de trabajo en donde dicho contrato exista.
- Eliminar la cláusula de exclusión. El empleador debe asegurarse de que, si en el contrato colectivo existe una cláusula de exclusión, ésta sea eliminada a la brevedad.
- La no discriminación, no despedir, poner en listas negras o penalizar de alguna forma a trabajadoras o trabajadores, en su contratación, democión, promoción o transferencia, por sus actividades sindicales presentes o pasadas, o por renunciar al sindicato al que pertenecían, así como por intentar conformar o pertenecer a otra organización sindical.
- Permanecer neutral, en los centros de trabajo en donde existe más de un sindicato en formación. El patrón debe permanecer neutral y abstenerse de hacer cualquier cosa que pudiera darle ventaja o desventaja a una organización sobre la otra, incluyendo los recuentos entre sindicatos por la titularidad de los contratos colectivos.
- Asegurarse que todas las comisiones mixtas (obrero-patronales) estén constituidas apropiadamente y funcionen con efectividad.
Es importante tener en cuenta y aplicar los puntos anteriores día con día, ya que en el momento en que tengan una mayor difusión, los trabajadores pueden manifestarlos ante la autoridad del trabajo, inclusive pasando por encima del sindicato y del empleador.
En Trejo Gutiérrez Abogados, contamos con un equipo de expertos en materia laboral con más de 20 años en el mercado. Por lo que, nos ponemos a sus órdenes para brindarle la asesoría legal personalizada que usted requiera, incluyendo consultas legales, así como el desarrollo e implementación de planes de acción y seguimiento, para asegurar el debido cumplimiento de la Guía del empleador para aplicar el nuevo modelo laboral.